¿Cómo llegaron las terapias complementarias al sistema público de salud chileno?
¿Cómo llegaron las terapias complementarias al sistema público de salud chileno? La historia que comenzó hace más de 30 años.
El MINSAL no simplemente “aceptó” las terapias complementarias, sino que fue construyendo durante décadas un marco para observarlas, regular algunas, registrar su uso y, más recientemente, incorporarlas formalmente dentro de una política sanitaria.
La línea histórica básica sería esta:
1992: comienza la institucionalización. El Ministerio de Salud creó la Unidad de Medicina Tradicional y Otras Prácticas Médicas Alternativas, cuyo propósito incluía generar normativa, avanzar en la normalización del ejercicio y elaborar documentación técnica. Ministerio de Salud
2004–2005: aparece la norma marco. El Decreto Supremo N.º 42 fue promulgado el 12 de febrero de 2004 y publicado el 17 de junio de 2005. Este decreto creó el reglamento general para el ejercicio de las llamadas prácticas médicas alternativas como profesiones auxiliares de la salud. Además, estableció algo central: estas prácticas debían ejercerse de manera coadyuvante o auxiliar respecto de la medicina oficial. Biblioteca del Congreso Chile
¿Por qué el Estado decidió intervenir?
Entre sus fundamentos menciona que ya existía una oferta pública y extendida de servicios alternativos, que había un interés creciente de la población y que el Estado tenía la responsabilidad de proteger a las personas frente a eventuales riesgos. Es decir, la regulación no surge simplemente de una declaración ideológica favorable a estas terapias; surge también porque la población ya las estaba utilizando y era necesario establecer condiciones y fiscalización. Biblioteca del Congreso Chile
Después vino una segunda etapa: regular disciplinas específicas. A partir del Decreto 42, el Ministerio fue reconociendo algunas prácticas como profesiones auxiliares de la salud: Acupuntura, Homeopatía y Naturopatía. El reconocimiento fue gradual, tal como contemplaba el propio reglamento marco. Ministerio de Salud
Que una terapia aparezca dentro del sistema público o en los registros del MINSAL no significa necesariamente que esté regulada como profesión auxiliar de la salud.
Hoy el propio MINSAL hace esa distinción. Además de las tres disciplinas reguladas, el sistema registra atenciones con otras prácticas como Reiki, Terapia Floral, Auriculoterapia, Biomagnetismo, Masoterapia, Fitoterapia, Medicina Antroposófica, Quiropraxia, Sanación Pránica, Sintergética y Terapia Neural, entre otras. Varias de ellas están presentes en el REM-A31, pero continúan siendo prácticas no reguladas. Ministerio de Salud
Esto nos lleva a otro hito interesante.
Desde 2018, el Ministerio comenzó a registrar sistemáticamente las atenciones de Medicina Complementaria mediante el REM-A31, dentro de la estadística oficial de la red pública. El REM-A31 permite saber qué prácticas se realizan, quiénes las realizan, de dónde proviene la atención y si son individuales, grupales, comunitarias o remotas. Ministerio de Salud
Y ese punto es muy potente conceptualmente: Reiki, por ejemplo, no está reconocido como profesión auxiliar de la salud, pero sí puede aparecer registrado como una atención de medicina complementaria realizada dentro de establecimientos de la red pública. Son dos conceptos jurídicos distintos.
Después llegamos probablemente al mayor cambio reciente.
En agosto de 2024, mediante la Resolución Exenta N.º 1160, el Ministerio aprobó la Política de Medicina Complementaria y Prácticas de Bienestar de la Salud. Su propósito declarado es contribuir a la salud y bienestar mediante la incorporación de la medicina complementaria y sus prácticas de bienestar al sistema de salud, considerando calidad, seguridad, efectividad, acceso y equidad. Ministerio de Salud
Ahí ya no estamos hablando solamente de “tolerar” determinadas terapias. Estamos frente a una política que plantea explícitamente su institucionalización dentro del sistema sanitario, especialmente en Atención Primaria, en articulación con el Modelo de Atención Integral de Salud Familiar y Comunitaria. Ministerio de Salud
“Las terapias complementarias en Chile: de una práctica realizada por la población a una política del Ministerio de Salud”
La importancia de IITI en crear competencias reales en sus estudiantes:
Entrar al ámbito sanitario exige mucho más que saber ejecutar una técnica. Implica entender límites de competencia, ficha clínica, consentimiento, seguridad, derivación, registro y trabajo complementario con otros profesionales.
Quiero información de otros cursos en IITI

